¿En qué consiste?
Para transporte público colectivo: Restricción adicional de circulación en la ciudad de Bogotá, entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m., de lunes a sábado, de acuerdo con el último dígito de la placa.

Para transporte público de carga: Una hora adicional a la restricción actual de los vehículos de transporte de carga de más de cinco toneladas; es decir, no podrán circular de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m.

¿Cuándo inicia?
Transporte público colectivo: Iniciará a partir del 1 de septiembre de 2006 con el número cero (0).

Transporte público de carga: Iniciará a partir del 1 de octubre de 2006.

¿En donde se aplica?
El pico y placa ambiental se aplicará en toda el área urbana de Bogotá y para todos los tipos de combustibles.

¿Qué sanciones tendrán quienes incumplan la medida?

  • Imposición del comparendo por quince (15) SMDVL ($204.000), por circular en horario restringido.
  • Inmovilización del vehículo.
  • Reporte a la autoridad ambiental, para que inicie las investigaciones a las empresas por infringir las normas ambientales.

¿A quienes no aplica la medida?
La restricción de pico y placa ambiental no aplicará a los vehículos particulares, ni al transporte público colectivo y de carga, que cumpla el programa de autorregulación del DAMA.

¿Qué es y cómo hacer parte del programa de autorregulación?
Es el proceso que tiene como objetivo que los vehículos de propiedad o afiliados a empresas transportadoras, reduzcan al menos en un 20% sus niveles de emisión de gases, lo cual ayudará a disminuir el grado de contaminación del aire en Bogotá.
Se debe tener en cuenta que una vez las empresas se autorregulen, deben medir las emisiones de gases de su flota, cada tres meses.

Documentos que se deben presentar:

  1. Carta de solicitud de la empresa con razón social y domicilio.
  2. Fotocopia del documento del representante legal de la empresa solicitante.
  3. Certificado de existencia y representante legal de la empresa.
  4. Acta de la junta de socios, en donde conste la autorización del representante legal para suscribir la vinculación de la empresa al programa.
  5. Fotocopia del número de identificación tributaria (NIT)
  6. Descripción total de automotores pertenecientes a la empresa.
  7. Fotocopia del Certificado Único de Emisión Vehicular Obligatorio vigente de cada automotor.
  8. Fotocopia de la licencia de tránsito de cada automotor (tarjeta de propiedad de cada automotor).
  9. Fotocopia del Programa Integral de Mantenimiento.
  10. Carta autorizando el ingreso del personal del DAMA para realizar las visitas técnicas que permitan corroborar el cumplimiento del Programa de Autorregulación Ambiental.

Estos documentos deben presentarse en las oficinas del DAMA ubicadas en la Cra. 6 No. 14-98 piso 2.

Fechas para transporte colectivo
Pico y placa ambiental
Pico y placa movilidad
Viernes 01 de septiembre
0
1 y 2
Sábado 02 de septiembre
1
3 y 4
Lunes 04 de septiembre
2
5 y 6
Martes 05 de septiembre
3
7 y 8
Miércoles 06 de septiembre
4
9 y 0
Jueves 07 de septiembre
5
1 y 2
Viernes 08 de septiembre
6
3 y 4
Sábado 09 de septiembre
7
5 y 6
Lunes 11 de septiembre
9
7 y 8
Martes 12 de septiembre
8
9 y 0
Miércoles 13 de septiembre
0
1 y 2
Jueves 14 de septiembre
1
3 y 4
Viernes 15 de septiembre
2
5 y 6

Preguntas frecuentes acerca del pico y placa ambiental