SDA, enero 13/2010.- Vertimientos de color negro, rojo y azul se asomaban a diario por una red de aguas lluvias que desemboca en el canal de Los Ángeles, ubicado en plena zona industrial del barrio Álamos, en la localidad de Engativá. A pocas cuadras, este “arco iris” de tintes llegaba al humedal Jaboque, uno de los 13 cuerpos de agua con los que cuenta Bogotá.
Las causantes de esta contaminación, técnicamente conocida como conexión errada, son la fábrica de textiles Daltex, la Unión Temporal Nutrir Colombia y CI Cupisa Comercializadora Internacional, quienes además de no contar con el permiso de vertimientos, conectaron sus descargas a la red de aguas lluvias y no a la del alcantarillado sanitario como corresponde; esta última conduce las aguas residuales y domésticas.
Por esta razón, la Secretaría Distrital de Ambiente decidió imponerles una medida preventiva, que implica la suspensión de todas las actividades que generen vertimientos con sustancias de interés sanitario e industriales a la red de aguas lluvias y generación y manejo de residuos peligrosos.
Por el incumplimiento de estas medidas, las industrias podrían hacerse acreedoras de multas diarias hasta por 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($2.484.500.000), como lo estipula la Ley 1333 de 2009.
Además, dos empresas deberán tramitar el respectivo permiso de vertimientos ante la SDA.
Según el Secretario Distrital de Ambiente, Juan Antonio Nieto Escalante, toda persona que genere descargas de aguas residuales, exceptuando las domésticas que están conectadas al sistema de alcantarillado, está obligada a solicitar un registro de vertimientos ante la autoridad ambiental del Distrito.
Antecedentes
Desde junio, la SDA y la EAAB estaban tras la pista de los infractores. Así, delimitaron el área del drenaje pluvial y georeferenciaron las industrias más próximas al canal Los Ángeles. Luego inspeccionaron 50 industrias, y dieron con las tres empresas responsables.
“Para identificar en dónde estaban las descargas se inspeccionaron todas las alcantarillas de la red pluvial del sector. Luego, en las cajas de inspección de las industrias, se aplicaron colorantes para corroborar la conexión errada”, manifestó Nieto Escalante.
La medida preventiva se mantendrá hasta tanto no registren sus puntos de descarga, se conecten a la red de alcantarillado sanitario y realicen tratamientos previos a los vertimientos.
Las culpables
La medida impuesta a la empresa Unión Temporal Nutrir a Colombia, ubicada en la carrera 90 con calle 64C, consiste en el cese de todas las actividades que generen vertimientos con sustancias de interés e industriales al colector de aguas lluvias.
Así, el representante legal de Nutrir deberá iniciar el trámite del permiso de vertimientos, anexar la caracterización de la descarga de la actividad comercial en cada punto de vertimiento, la cual debe contener el análisis de parámetros como DBO, DQO, Sólidos Suspendidos Totales (SST), grasas y aceites, temperatura, entre otros.
Por su parte, la comercializadora internacional CI Cupisa, ubicada en la carrera 92 con calle 64C, deberá suspender las actividades que impliquen la generación de vertimientos y manejo de residuos peligrosos.
El representante legal está obligado a suspender la conexión física de todos los vertimientos sujetos de trámite ante la SDA, al sistema de alcantarillado de aguas lluvias.
Finalmente, Daltex, ubicada en la calle 64G con carrera 90ª, cesará todos sus vertimientos industriales y con sustancias de interés sanitario, mientras que su representante legal, deberá realizar el trámite para el permiso de vertimiento.
Enviado: Feb-3-2010